Ayudas para gastos de vivienda habitual de personas vulnerables 2026
Granollers ayuda a propietarios o usufructuarios vulnerables con gastos de su vivienda habitual. El límite individual es de 200 € y, además, nunca supera el 50 % de la cuota líquida anual del IBI urbano de esa vivienda: ese segundo límite es decisivo al estimar cuánto se podría recibir.
Lo esencial
- Organismo
- AYUNTAMIENTO DE GRANOLLERS
- A quién se dirige
- Persona
- Ámbito
- Cataluña
- Cuantía por beneficiario
- Máximo 200 € por solicitud y, en todo caso, no más del 50 % de la cuota líquida anual del IBI urbano correspondiente a la vivienda.
El presupuesto global de la convocatoria es 30.000 €. Esta cifra no es la ayuda individual.
Plazo de solicitud
La convocatoria fija el 16 de octubre de 2026, inclusive, como último día de solicitud.
Datos comprobados en el documento oficial de esta convocatoria ↗.
Estado de seguimiento: BDNS no marca la convocatoria como abierta; confirma el trámite en la sede del organismo.
Qué cubre esta ayuda
Contribución a gastos vinculados a la vivienda habitual en propiedad para hogares en situación de vulnerabilidad.
Cuánto se puede recibir
Máximo 200 € por solicitud y, en todo caso, no más del 50 % de la cuota líquida anual del IBI urbano correspondiente a la vivienda.
Quién cumple los requisitos principales
- Ser propietario o usufructuario de la vivienda habitual situada en Granollers.
- Estar empadronado en Granollers desde antes del 1 de enero de 2026 y hacer coincidir, salvo excepciones, la vivienda habitual con el domicilio del padrón.
- Cumplir los límites de ingresos y patrimonio de la unidad de convivencia que detalla la convocatoria.
Esta selección resume las condiciones decisivas. Las bases oficiales contienen el resto de exclusiones y criterios de valoración.
Cómo solicitarla
- Comprueba que el inmueble es tu vivienda habitual y revisa los límites económicos.
- Prepara los datos de IBI, padrón e ingresos del hogar.
- Presenta la solicitud en el registro del Ayuntamiento de Granollers por los medios previstos en la convocatoria.
Documentos que conviene preparar
- Datos de propiedad o usufructo y de la vivienda habitual
- Acreditación de padrón y miembros de la unidad de convivencia
- Justificantes económicos exigidos en las bases
Preguntas frecuentes
¿Me conceden siempre 200 €?
No. Es el máximo por solicitud; también se aplica el límite del 50 % del IBI urbano anual y el resto de requisitos.
¿Puedo solicitarla si alquilo la vivienda?
La convocatoria exige ser propietario o usufructuario de la vivienda habitual; el alquiler por sí solo no cumple ese requisito.
¿Cuándo termina?
El texto de la convocatoria establece el 16 de octubre de 2026 inclusive.
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Fuentes oficiales
Esta ficha resume información pública y puede quedar desactualizada si el organismo modifica la convocatoria.
- Ficha BDNS 929312 ↗
- Texto en otra lengua de la convocatoria (PDF) ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
Título oficial completo
Convocatoria para la concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para hacer frente a gastos de la vivienda habitual dirigida a personas propietarias en situación de escasa capacidad económica y vulnerabilidad. Año 2026